29 de agosto de 2011

DESDE MAYO DEL 2010 LOS PROYECTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS DEBEN CONSIDERAR PARTIDAS DE SEGURIDAD Y SALUD

LOS PROYECTOS DEBERÁN INCLUIR LAS PARTIDAS DE SEGURIDAD DENTRO DEL COSTO DIRECTO

Desde el año pasado y para ser más exactos, el martes 18 de mayo del 2010, se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución Directoral Nº 073-2010/ VIVIENDA/VMCS -DNC que aprueba la Norma Técnica “Metrados para Obras de Edificación y Habilitaciones Urbanas” en la que se estipula la obligación de hacer el Presupuesto de Seguridad y Salud para las obras de construcción, estableciendo partidas de seguridad y salud en un capítulo específico del costo directo.
A continuación detallamos las partidas que se tiene que considerar de acuerdo al proyecto que realizaremos, ojo no es que todas las partidas serán incluidas esto queda a criterio del proyectista, de preferencia las que se ajusten a nuestra realidad de proyecto. 

OE.1.2  SEGURIDAD Y SALUD 
En concordancia con la Norma G.050  Seguridad durante la construcción, del Reglamento Nacional de Edificaciones en la que se establece la obligatoriedad de contar con el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST) como requisito indispensable para la adjudicación de contratos, todo proyecto de edificación, debe incluirse en el Expediente Técnico de Obra, la partida correspondiente a Seguridad y Salud en la que se estimará el costo de implementación de los mecanismos técnicos y administrativos contenidos en dicho Plan (PSST). Las partidas consideradas en el presupuesto oferta, deben corresponder a las definidas en  la presente Norma Técnica.

OE.1.2.1  ELABORACIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Comprende las actividades y recursos que correspondan al desarrollo, implementación y administración del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST), debe considerarse, sin llegar a limitarse: El personal destinado a desarrollar, implementar y administrar el plan de seguridad y salud en el trabajo, así como los equipos y facilidades necesarias para desempeñar de manera efectiva sus labores.
Unidad de Medida Global  (Glb.).
Forma de medición Cumplir lo requerido en el Expediente Técnico de Obra en lo referente a personal y recursos disponibles para ejecutar dicha actividad.

OE.1.2.1.1  EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL 
Comprende todos los equipos de protección individual (EPI) que deben ser utilizados por el personal de la obra, para estar protegidos de los peligros asociado a los trabajos que se realicen, de acuerdo a la Norma G.050 Seguridad durante la construcción de Edificaciones. 
Entre ellos se debe considerar, sin llegar a ser una limitación: casco de seguridad, gafas de acuerdo al tipo de actividad, escudo facial, guantes de acuerdo al tipo de actividad (cuero, aislantes, etc.), botines/botas de acuerdo al tipo de actividad (con puntera de acero, dieléctricos, etc.), protectores de oído, respiradores,  arnés de cuerpo entero y línea de enganche, prendas de protección dieléctrica, chalecos reflectivos, ropa especial de trabajo en caso se requiera, otros.
Unidad de MedidaUnidad (Und.): De acuerdo al número de trabajadores
Forma de medición: Cumplir lo requerido en el Expediente Técnico de Obra en lo referente a la cantidad de equipos de protección individual para todos los obreros expuestos al peligro de acuerdo al planeamiento de obra y al Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST). 

OE.1.2.1.2 EQUIPOS DE PROTECCIÓN COLECTIVA
Comprende los equipos de protección colectiva que deben ser instalados para proteger a los trabajadores y público en general de los peligros existentes en las diferentes áreas de trabajo. 
Entre ellos se debe considerar, sin llegar a ser una limitación: barandas rígidas en bordes de losa y acordonamientos para limitación de áreas de riesgo, tapas para aberturas en losas de piso, sistema de líneas de vida horizontales y verticales y puntos de anclaje, sistemas de mallas antiácida, sistema de entibados, sistema de extracción de aire, sistemas de bloqueo (tarjeta y candado), interruptores diferenciales para tableros eléctricos provisionales, alarmas audibles y luces estroboscópicas en maquinaria pesada y otros.
Unidad de Medida: Global (Glb.)
Forma de medición: Cumplir lo requerido en el Expediente Técnico de Obra en lo referente a la cantidad  de equipos de protección colectiva para el total de obreros expuestos al peligro, de los equipos de construcción, de los procedimientos constructivos, en conformidad con el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST)  y el planeamiento de obra.

OE.1.2.1.3  SEÑALIZACIÓN TEMPORAL DE SEGURIDAD
Comprende, sin llegar a limitarse, las señales de advertencia, de prohibición, de información, de obligación, las relativas a los equipos de lucha contra incendios y todos aquellos carteles utilizados para rotular áreas de trabajo, que tengan la finalidad de informar al personal de obra y público en general sobre los riesgos específicos de las distintas áreas de trabajo, instaladas dentro de la obra y en las áreas perimetrales. Cintas de señalización, conos reflectivos, luces estroboscópicas, alarmas audibles, así como carteles de promoción de la seguridad y la conservación del ambiente, etc.
Se deberán incluir las señalizaciones vigentes por interferencia de vías públicas debido a ejecución de obras.
Unidad de Medida: Global (Glb.)
Forma de medición: Cumplir lo requerido en el Expediente Técnico de Obra en lo referente a la cantidad de señales y elementos complementarios necesarios para proteger a los obreros expuestos al peligro, de acuerdo  al Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST). 

OE.1.2.1.4  CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
Comprende las actividades de adiestramiento y sensibilización desarrolladas para el personal de obra. Entre ellas debe considerarse, sin llegar a limitarse: Las charlas de inducción para el personal  nuevo, las charlas de sensibilización, las charlas de instrucción, la capacitación para la cuadrilla de emergencias, etc.
Unidad de Medida: Global (Glb.)
Forma de medición: Cumplir lo requerido en el Expediente Técnico de Obra en lo referente a los objetivos de capacitación del personal de la obra, planteados en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST).

OE.1.2.2  RECURSOS PARA RESPUESTAS ANTE EMERGENCIAS EN SEGURIDAD Y SALUD DURANTE EL TRABAJO
Comprende los mecanismos técnicos, administrativos y equipamiento necesario, para atender un accidente de trabajo con daños personales y/o materiales, producto de la ausencia o implementación incorrecta de alguna medida de control de riesgos. 
Estos accidentes podrían tener impactos ambientales negativos.
Se debe considerar, sin llegar a limitarse: Botiquines, tópicos de primeros auxilios, camillas, vehículo para transporte de heridos (ambulancias), equipos de extinción de fuego (extintores, mantas ignifugas, cilindros con arena), trapos absorbentes (derrames de productos químicos).
Unidad de Medida: Global (Glb.)
Forma de medición: Cumplir lo requerido en el Expediente Técnico de Obra en lo referente a 
Mecanismos y Equipamiento de respuesta implementados.

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